jueves, noviembre 14

Cámara Municipal elige a Adrián Romero como alcalde encargado de Maracaibo

Adrián Romero Martínez, fue delegado por la Cámara Municipal como alcalde encargado de la ciudad de Maracaibo, en una candente sesión celebrada en el hemiciclo Jesús Enrique Lossada de la capital zuliana.

En sesión iniciada después del mediodía, comenzó la discusión donde se expusieron diversas situaciones políticas y sociales sobre la gestión de Rafael Ramírez, con señalamientos directos entre las partes que polarizan el Concejo.

El cuerpo edilicio por mayoría reconoció la ausencia temporal del alcalde Rafael Ramírez según el artículo 87 de la Ley del Poder Municipal de Maracaibo.

Romero venía ejerciendo la dirección de Servicios Públicos de la alcaldía de Maracaibo.

El concejal José Sierra, en representación a la fracción del Polo Patriótico, anunció el voto salvado de los concejales que forman el grupo.

Yessy Gascón por su parte expresó que la ausencia temporal sume en incertidumbre a toda la ciudad dado que toda la directiva se encuentra bajo investigación. También dijo que no se tiene perfil del gabinete que «está cuestionado e investigado por el Ministerio Público», por ello salvan el voto.

Posición del Síndico Municipal de Maracaibo

Este jueves, 10 de octubre, en el mediodía, los concejales de Maracaibo iniciaron el debate para tratar el nombramiento de un alcalde encargado tras la detención del Rafael Ramírez junto a un grupo de sus directivos.

La sesión inició con la intervención de Víctor Velasco Prieto, síndico procurador de Maracaibo, quien tras leer el artículo sobre ausencias de los alcaldes de la Ley Orgánica del Poder Municipal.

«Dentro de los supuestos que están en la norma, el supuesto del primer aparte del Artículo 87 habla expresamente de la situación que nos encontramos los maracaiberos que es la detención judicial del alcalde, de quien hay que acotar, además, que conforme al artículo 49 de la Constitución es inocente hasta que se demuestre lo contrario, por lo tanto, no están previstos los supuestos para considerar una vacante absoluta, sino lo que le compete a este Consejo Municipal hoy es simplemente es reconocer que se produjo un hecho de la detención judicial del alcalde, quien ya fue presentado ante los tribunales de justicio, y decidir a resolver la suplencia del alcalde a través de la designación de uno de los miembros de sus directores«, indicó Velasco

Tras la intervención del funcionario, inició el derecho de palabra para establecer la argumentación de la discusión.

 

 

Por: Edgar Bolivar –  José Manuel Sánchez / Foto: Lizaura Noriega