Acceso a la Justicia aclara la medida de publicar el RIF en redes sociales
La organización Acceso a la Justicia aclaró que la Providencia Administrativa SNAT/2026/00080, publicada en la Gaceta Oficial Nº 43.435 del 12 de agosto, no obliga a periodistas, medios de comunicación ni usuarios de redes sociales a difundir su Registro Único de Información Fiscal (RIF).
La precisión responde a interpretaciones que circularon tras la reforma del Seniat y que generaron dudas sobre el alcance del uso obligatorio del documento, expone la nota de Finanzas Digital.
La Providencia establece en su artículo 4 que el RIF debe usarse en documentos, solicitudes, trámites y actuaciones ante la Administración Pública, así como en declaraciones, facturas y otros documentos emitidos por los contribuyentes.
El artículo 10 detalla obligaciones para quienes están inscritos: inclui...























