BCV elimina montos mínimos para ventas de divisas realizadas por bancos y casas de cambio
El Banco Central de Venezuela eliminó los montos mínimos a las ventas al menudeo de moneda extranjera que podrán realizar los bancos y casas de cambio a sus clientes naturales y jurídicos, según una circular publicada por el ente emisor el lunes 26 de septiembre.
En un aviso oficial publicado en la Gaceta Oficial N° 41.580, del 6 de febrero de 2019, el BCV había establecido un monto mínimo de 50 euros o su equivalente en otra moneda extranjera para personas naturales y 500 euros para personas jurídicas, reseña Banca y Negocios.
En la nueva circular se mantiene el monto máximo de 8.500 euros o su equivalente en otra moneda extranjera por operación para la compra de divisas por parte de bancos y casas de cambio. Este es el límite máximo establecido en el vigente Convenio Cambiario N° 1 en ...