viernes, noviembre 22

Sala electoral del TSJ asegura que peritaje se compagina con los resultados emitidos por el CNE

La presidenta de la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, magistrada Caryslia Beatriz Rodríguez Rodríguez, leyó la sentencia al Recurso de Amparo interpuesto por el presidente Nicolás Maduro Moros, donde certifica los resultados emitidos por el Consejo Nacional Electoral sobre el proceso de elección presidencial del día 28 de julio.

La máxima representante de la Justicia en Venezuela expuso la sentencia acompañada por los magistrado Fanny Marquez Cordero e Inocencio Figueroa, miembros de la Sala Electoral, ante los invitados especiales al evento celebrado al mediodía de este jueves.

Rodríguez indicó que la decisión se basa en el «compromiso y voluntad de impartir justicia para garantizar la paz y seguridad de la Eepublica, la cual nada detendrá porque es su sagrada misión«.

En la sentencia se «certifica que el material electoral peritado convalida los resultados de la elección del 2024 emitidos por el CNE».

Certificamos de forma inobjetable el material electoral peritado y convalida los resultados emitidos por el CNE donde resultó electo Nicolás Maduro Moros”, expresó más adelante.

En la lectura de la resulta judicial aseguró que el peritaje realizado por expertos nacionales e internacionales confirma en primer lugar que hubo «un ataque cibernético masivo contra el sistema electoral» durante la noche del 28 de julio y por lo tanto la «trasgresión al sistema electoral«.

Igualmente, en uno de los apartes ratificó el desacato del excandidato Edmundo González Urrutia quien no compareció a ninguna de las fases a la que fue citado por la Sala Electora y estableció que ante el «franco irrespeto a la autoridad judicial, al orden Constitucional» por lo que se prevé sanciones contra él las cuales están contempladas en el ordenamiento jurídico vigente.

La magistrada Rodríguez, asimismo expuso que de los 38 partidos políticos llamados a consignar documentación en dicha instancia, 33 cumplieron y cinco no lo hicieron, especificando que se trata de los partidos Mesa de la Unidad Democrática, Un Nuevo Tiempo, Movimiento por Venezuela, Lapiz y Centrados, que respaldaban a Edmundo González Urrutia, Antonio Ecarri y Enrique Márquez, respectivamente.

Agregó que Manuel Rosales (UNT), José Luis Cartaya (MUD) y José Simón Calzadilla (MPV) aseguraron no poseer ningún tipo de material electoral que sustentara resultados de la elección del 28-J y dijo que eso consta en los videos de su comparecencia.

También manifestó Rodríguez que el rector del CNE Juan Carlos Delpino no asistió al TSJ, «sin justificar su incomparecencia» a la Sala Electoral.

Igualmente exhorta al CNE a publicar los resultados definitivos según lo previsto en el artículo 155 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales, que le especifica un lapso de 30 días como máximo para hacerlo.

Remitido a la Fiscalía

La sentencia determina que se debe remitir a la Fiscalía General de la República la resulta electoral para que luego de analizada se haga la acusación penal respectiva por los hechos acontecidos durante los días siguientes al 29 de julio.

Por: Edgar Bolívar