viernes, diciembre 27

La Corte Internacional de DDHH condena a Colombia por «exterminio» del partido Unión Patriótica

Un indígena paez de Colombia visita el cementerio de Silvia, Colombia

El «plan de exterminio» del Partido Unión Patriótica (UP) fue ejecutado con violaciones a los derechos humanos de unos 6.000 integrantes y militantes durante más de dos décadas, a partir de mediados de los años ochenta.

«La Corte pudo comprobar que la violencia sistemática contra los integrantes y los militantes de la Unión Patriótica, que perduró por más de dos décadas y se extendió en la casi totalidad del territorio colombiano, se manifestó a través de actos de distinta naturaleza como desapariciones forzadas, masacres, ejecuciones extrajudiciales y asesinatos, amenazas, atentados, actos diversos de estigmatización, judicializaciones indebidas, torturas, desplazamientos forzados, entre otros«, indicó el Tribunal.

Según la sentencia, los actos cometidos por el Estado «constituyeron parte de un plan de exterminio sistemático contra el partido político Unión Patriótica, sus miembros y militantes, que contó con la participación de agentes estatales, y con la tolerancia y aquiescencia de las autoridades, constituyendo un crimen de lesa humanidad«.

La UP se constituyó como organización política el 28 de mayo de 1985 como resultado de un proceso de paz entre el Secretariado Nacional de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC) y el gobierno nacional, detalló la CIDH.

El asesinato como estrategia para impedir el avance de un partido contendor

«Como consecuencia de su rápido ascenso en la política nacional y, en especil en algunas regiones de tradicional presencia guerrillera, surgió una alianza entre grupos paramilitares, con sectores de la política tradicional, de la fuerza pública y de los grupos empresariales, para contrarrestar la subida en la arena política de la UP», indica la sentencia.

La CIDH, con sede en Costa Rica, notificó este 30 de enero de 2023 la sentencia a las partes e indicó que valoró positivamente un reconocimiento parcial de responsabilidad hecho por el Estado como una herramienta para el desarrollo del proceso, la vigencia de los principios que inspiran la Convención y a la satisfacción de las necesidades de reparación de las víctimas.

Por: Agencia