viernes, noviembre 22

Estaciones de Servicio deben registrar en 30 días empresas separadas para vender otros productos

Debido a la exoneración por un año del pago del Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras (IGTF) a las ventas de gasolina en moneda extranjera, PDVSA envió una circular a las estaciones de servicio en la que otorga un plazo máximo de 30 días para estas organizaciones separen administrativamente la administración de sus tiendas de conveniencia de la relacionada con la comercialización de combustible.

En este sentido, los administradores de estaciones de servicio deben correr para registrar una empresa separada para sus tiendas de conveniencia, ya que -aclara la circular- la exoneración no abarca la comercialización de productos distintos a los derivados de hidrocarburos, reseñó Banca y Negocios.

El experto en la materia tributaria Héctor Orochena comentó en su cuenta de Twitter que «en atención al Decreto de Exoneración de impuestos a los hidrocarburos, las Estaciones de Servicios deberán iniciar un proceso costoso y en muchos casos complejo, para cumplir con la exhortación señalada por PDVSA».

El presidente Nicolás Maduro emitió un decreto donde se exoneran de los tributos aduaneros y el Impuesto al Valor Agregado (IVA) a las importaciones de combustibles realizadas por el Ejecutivo nacional, empresas mixtas y privadas, así como del IGTF a las ventas internas de combustibles dentro del territorio nacional.

Dicho decreto tiene vigencia de un año.

 

Por Agencia