domingo, diciembre 22

Condenan a pareja por abuso sexual de menor e inician juicio contra madre de la víctima

Producto de la acusación realizada por el Ministerio Público, fue condenada a 20 años de prisión Rebeca Magdalena Parra Arredonda (44), tras admitir su responsabilidad en la explotación sexual a su ahijada de 9 años de edad, hecho detectado en el mes de octubre de 2022 en el municipio El Callao del estado Bolívar.

Igualmente, fue condenado a 22 años y 6 meses de prisión Luis Angel Caranama (38) por ejercer violencia sexual contra la víctima.

Por su vinculación con este caso, pasaron a juicio la madre y el padrastro de la niña, Iraima Eloina Padrón Melgueiro y Carlos Alberto Valdés Milano, respectivamente.

En el citado mes, la agresora se trasladó con la víctima hasta el mercado El Callao, lugar donde la vendía a Caranama por dinero para que la abusara sexualmente, de lo contrario la amenazaba con agredirla físicamente si no lo hacía.

Luego de que la niña sufriera lesiones producto del abuso, la mujer obligó a la víctima a denunciar a Valdés Milano como el responsable del hecho ante el Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas.

Tras labores de investigación coordinadas por el Ministerio Público, se determinó que la mujer mentía, razón por la cual fue detenida junto a Caranama y puesta a la orden del Ministerio Público.

Asimismo, se determinó que el padrastro de la niña abusaba a sus hermanos de 5 y 6 años de edad con el consentimiento de su madre, por lo que ambos fueron detenidos.

En el inicio del juicio, la Fiscalía 13ª del segundo circuito del estado Bolívar ratificó la acusación contra Parra Arredonda por los delitos de trata de niña en modalidad de explotación sexual, falsa atestación ante funcionario, trato cruel y sustracción y retención indebida, mientras que a Caranama por violencia sexual.

Por su parte, Padrón Melgueiro permanece acusado por los delitos de abuso sexual a niño con penetración anal en acción continuada, trato cruel, abuso sexual a niña con penetración agravado y violencia psicológica,

Igualmente, Valdés Milano se encuentra acusada como cómplice necesario en los dos tipos penales antes mencionados.

Una vez evaluados los elementos de prueba por parte de la representación fiscal y tras la admisión del hecho, el Tribunal 1° de Juicio de Tumeremo dictó la citada condena contra Parra Arredonda, quien permanece recluida en la sede de la policía regional de la entidad, al igual que Padrón Melgueiro.

Mientras, que Caranama cumplirá su condena en el Centro Penitenciario de Oriente, conocido como “El Dorado”, y Valdéz Milano en la sede de la policía regional.

 

Por Nota de Prensa