A mediados de 2020, la aparición de unas vacas en la zona montañosa de La Vega, intrigó a los vecinos. Más intrigante sería ver a los que fungían como arrieros de esos animales que pastaban parsimoniosamente. Eran, literalmente, unos vaqueros: iban a caballo, con sombrero y todo… Pero la imagen pasó de ser pintoresca a aterradora cuando esos hombres desconocidos mostraron las armas de guerra que portaban.
En los próximos días se fue develando el misterio de las vacas y los vaqueros deambulando por la parroquia ubicada en el suroeste de Caracas. “Esas vacas son del Koki y esos tipos armados son de la megabanda que viene de la Cota 905”, confirmaron los que ya sabían de las excentricidades de uno de los delincuentes más buscados de Venezuela.
“La conquista de La Vega” se desarrolló a partir de insospechadas labores de inteligencia criminal; el ganado desatado del Koki resultó ser una estrategia de “mapeo” del territorio antes de invadirlo.
Estos vaqueros se acercaban a la gente, les consultaban sobre sus necesidades de alimentación y salud y les ofrecían ayuda para resolver problemas apremiantes. Pero, en el fondo, el objetivo era conocer a los habitantes de la zona y, sobre todo, a los que podrían ser reclutados.
Esta historia (narrada en cómic) es uno de los relatos que integran el reportaje multimedia “Esclavizar para delinquir”, a través del cual Cecodap y la Agencia de Periodistas Amigos de la Niñez (Agencia PANA) muestran los resultados de la investigación sobre el reclutamiento de niños, niñas y adolescentes por el crimen organizado en Venezuela y, más específicamente, por la megabanda liderada por Carlos Luis Revette, alias Koki.
Entre octubre y diciembre de 2021, los investigadores recabaron las historias de los menores de edad involucrados con la megabanda. El propósito: identificar y analizar los mecanismos de reclutamiento, sus causas y sus consecuencias.
Las principales causas del reclutamiento de niños, niñas y adolescentes por la megabanda están relacionadas con la situación de precariedad socioeconómica en que viven. La inseguridad alimentaria, la deserción escolar y la violencia intrafamiliar son motivaciones recurrentes de la vinculación de niños, niñas y adolescentes con esta organización delictiva. En ese orden de ideas, el reclutamiento de menores de edad es principalmente forzado por las circunstancias y la violación de sus derechos humanos.
En un informe de 160 páginas, Cecodap y la Agencia PANA ofrecen detalles sobre los resultados de esta investigación, que incluye el análisis de las obligaciones estatales de protección y del desempeño de las autoridades nacionales ante el crimen organizado que afecta los derechos de la infancia y la adolescencia.
Los anzuelos y el escalafón
El principal anzuelo es la oferta de ingresos semanales en dólares, con los cuales los niños, niñas y adolescentes podrían cubrir necesidades reales o percibidas: alimentación, ropa y calzado (como símbolos de estatus social) y protección en una lógica de la ley del más fuerte, según la documentación realizada por Cecodap y la Agencia PANA.
En la mayoría de los casos el reclutamiento está determinado por relaciones de vecindad e incluso familiaridad entre delincuentes reclutadores y niños, niñas y adolescentes reclutados, pues unos y otras forman parte de una misma comunidad. Sin embargo, cuando la megabanda emprendió la conquista de La Vega o cuando requirió engrosar sus filas para combatir a los cuerpos de seguridad del Estado, el reclutamiento se tornó más coercitivo y masivo.
En La Vega, por ejemplo, operaron reclutadores profesionales y mediaron labores de “inteligencia” para afinar la selección de menores de edad con el perfil requerido para involucrarlos en el delito.
La incorporación de niños, niñas y adolescentes a la megabanda tiene distintos grados de vinculación, asociados a cargos y funciones que conforman un verdadero escalafón. Mientras más avanzan en la carrera más riesgo de muerte corren los menores de edad.
Existen al menos cuatro grados de vinculación de niños, niñas y adolescentes a la megabanda de la Cota 905, El Cementerio y La Vega:
Los mandaderos. Se encargan de la provisión de productos de primera necesidad y, eventualmente, de cualquier otro producto, requeridos por los integrantes de la megabanda que, por estar solicitados por los cuerpos de seguridad del Estado, deben permanecer confinados en las partes altas de los barrios de la Cota 905, El Cementerio y La Vega. Generalmente esta función la desempeñan niños, niñas y adolescentes de menos edad. Se supone que es el grado de vinculación que implica menos riesgos. Sin embargo, también implica un contacto permanente con los delincuentes y, en ese sentido, la tentación de querer escalar posiciones dentro de la megabanda, lo cual supone asumir mayores riesgos.
Los gariteros. Son centinelas apostados en zonas estratégicas de los territorios controlados por la megabanda. Tienen dos principales funciones: a) alertar sobre el ingreso de funcionarios de cuerpos de seguridad del Estado o de personas ajenas a la comunidad y b) detectar y denunciar eventuales infracciones de reglas de convivencia impuestas arbitrariamente por los líderes de la megabanda. Por lo general, la función de garitero es desempeñada por adolescentes próximos a cumplir la mayoría de edad, pues requiere fortaleza física y templanza para soportar situaciones de vigilia permanente, durante jornadas que, en algunos casos, se pueden extender 24 horas continuas en lugares inhóspitos.
Los traficantes. El microtráfico de droga es una puerta de entrada a la megabanda para menores de edad, sobre todo adolescentes. Es una opción más lucrativa en comparación con los mandaderos y gariteros, pero, obviamente, conlleva mayores peligros. También emerge como un atractivo para los menores de edad con adicciones a las drogas, pues el pago o parte del pago que reciben puede ser droga para su consumo. Los menores de edad involucrados en el tráfico de drogas pueden operar dentro o fuera de las zonas controladas por la megabanda. Las responsabilidades asignadas a los niños, niñas y adolescentes traficantes están sujetas a la demostración de lealtad y efectividad ante los líderes de la megabanda.
Los malandros. Se trata del cuarto y último escaño al que pueden aspirar los menores de edad dentro de la megabanda. Como en el caso del tráfico de drogas, se alcanza sobre la base de una comprobada disposición de consolidar y ampliar el poder de la organización criminal. Los malandros adquieren tal rango cuando se les entrega un arma de fuego y la usan a dos fines: para hacer cumplir las reglas de la megabanda y para cometer los delitos que sustentan las economías del grupo delictivo, entre ellas la: extorsión, el secuestro, el tráfico de drogas y el robo de vehículos.
Una forma contemporánea de esclavitud
El fin último del reclutamiento de niños, niñas y adolescentes es la explotación, sobre la base del abuso de poder y la violencia y, en ese sentido, constituye una violación continua y concurrente de casi todos sus derechos: vida, integridad personal, libertad, educación, salud física y mental, a tener una familia y a no ser separado de ella.
El Estado venezolano ha calificado la vinculación de menores de edad con la megabanda como uso de niños, niñas y adolescentes para delinquir, de acuerdo con el artículo 265 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Desde Cecodap consideramos que este tipo de hechos deben ser reconocidos, investigados y sancionados como trata de personas, en los términos establecidos en el artículo 41 de la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento del Terrorismo.
El reclutamiento de niños, niñas y adolescentes por el crimen organizado es una forma contemporánea de esclavitud y una modalidad de trata de personas. La tipificación del delito de trata supone la actuación de un grupo de delincuencia organizada como sujeto activo y prevé las siguientes formas de cometerlo:
Promoción
Favorecimiento
Facilitación o
Ejecución.
Además, el artículo 41 de la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento del Terrorismo es amplio en cuanto a los mecanismos utilizados para la trata de personas:
Captación
Transporte
Traslado
Acogida
Recepción de personas.
Aunque pudiera pensarse que el reclutamiento se limita a la captación, cuando se le considera una modalidad de trata de personas implica o podría implicar transporte, traslado, acogida o recepción de personas, como, en efecto, Cecodap y la Agencia PANA lograron documentar a través del trabajo de campo que fundamenta este informe.
Sobre otros medios indicados en forma expresa en el artículo 41 de la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento del Terrorismo, Cecodap y la Agencia PANA también documentaron que el reclutamiento de niños, niñas o adolescentes por parte de la megabanda instalada en la Cota 905, El Cementerio y La Vega incluye prácticas como: amenaza, fuerza, coacción, rapto, engaño, abuso de poder, situaciones de vulnerabilidad, concesión, recepción u otro medio fraudulento de pagos o beneficios, “directamente o a través de un intermediario, o una persona que tenga relación de autoridad sobre la otra”.
El Estado venezolano no ha atendido en forma integral y suficiente las causas estructurales del reclutamiento de niños, niñas y adolescentes por el crimen organizado. En ese sentido es impostergable corregir las deficiencias del sistema de protección de niños, niñas y adolescentes para mitigar los factores de riesgo.
Se propone fomentar la creación de Defensorías de Niños, Niñas y Adolescentes en las comunidades afectadas por la actuación del crimen organizado, a partir del capital social que existe en cada una de ellas. Con la legitimación que confiere la participación ciudadana, las Defensorías de Niños, Niñas y Adolescentes pueden contribuir a prevenir y erradicar su sometimiento a condiciones de esclavitud moderna.
Texto de la Agencia PANA tomado de la web de Cecodap