La sala electoral del Tribunal Supremo de Justicia ordenó al Consejo Nacional Electoral (CNE) a «realizar nuevas elecciones para Gobernador o Gobernadora en Barinas para el 09 de enero de 2022».
Indica el fallo que declaró con lugar la acción de amparo constitucional interpuesta con solicitud de medida cautelar, con fundamento en la Resolución N° 01-00-000334, de fecha 17 de agosto de 2021, dictada por la Contraloría General de la República, mediante la cual resolvió inhabilitar para el ejercicio de cualquier cargo público al ciudadano Freddy Francisco Superlano Salinas, candidato de la Mesa de la Unidad Democrática, al cargo de Gobernador de Barinas, en el proceso electoral celebrado el 21 de noviembre de 2021, de conformidad con el criterio vinculante establecido por la Sala Constitucional en la sentencia N° 993 de fecha 16 de julio de 2013.
Por esta razón se deja sin efecto todos los procedimientos y actos celebrados conforme al Cronograma Electoral, en el proceso realizado en el estado Barinas, en fecha 21 de noviembre de 2021, a partir de la presentación de las postulaciones, inclusive, para garantizar los derechos colectivos de los ciudadanos y ciudadanas de la entidad territorial.
Agrega la decisión que se ordena la realización de un nuevo proceso electoral en Barinas para la elección del cargo de Gobernador, a los fines de garantizar el derecho a la participación activa y pasiva de quienes acudieron al evento electoral, sin menoscabo de que aún cuando las proyecciones consignadas por el CNE, dan un porcentaje de votos a favor del candidato Freddy Superlano, del 37,60 % con respecto al 37,21 % de votos obtenidos por el candidato Argenis Chávez, se considera que la condición de inelegibilidad de Superlano, ya identificado, conforme a la Resolución N° 01-00-000334 de fecha 17 de agosto de 2021 dictada por la Contraloría General de la República, violenta los principios de igualdad, equidad y transparencia en la participación de los candidatos y las candidatas en la oferta electoral, así como de los electores y electoras en el ejercicio del sufragio activo.
Finalmente, se ordenó notificar del presente fallo al Consejo Nacional Electoral, a la Contraloría General de la República, a la Fiscalía General de la República y al Presidente del Consejo Legislativo del estado Barinas, a los fines legales conducentes.
Por: Nota de prensa